Definición de Corrupción:
Consiste en el abuso del poder para beneficio propio. Puede clasificarse en corrupción a gran escala, menor y política, según la cantidad de fondos perdidos y el sector en el que se produzca.
Corrupción a gran escala: La corrupción a gran escala consiste en actos cometidos en los niveles más altos del gobierno que involucran la distorsión de políticas o de funciones centrales del Estado, y que permiten a los líderes beneficiarse a expensas del bien común.
Actos de corrupción menores: Los actos de corrupción menores consisten en el abuso cotidiano de poder por funcionarios públicos de bajo y mediano rango al interactuar con ciudadanos comunes, quienes a menudo intentan acceder a bienes y servicios básicos en ámbitos como hospitales, escuelas, departamentos de policía y otros organismos.
Corrupción política: Manipulación de políticas, instituciones y normas de procedimiento en la asignación de recursos y financiamiento por parte de los responsables de las decisiones políticas, quienes se abusan de su posición para conservar su poder, estatus y patrimonio.
Secretaría de la Función Pública. (2013). Definición de Corrupción. 12 de agosto 2019, de Gobierno de México Sitio web: https://www.gob.mx/sfp/documentos/definicion-de-corrupcion
Por su parte, la Real Academia de la Lengua Española define la corrupción de la siguiente forma:
Corrupción
Del lat. corruptio, -ōnis.
1. f. Acción y efecto de corromper o corromperse.
2. f. Alteración o vicio en un libro o escrito.
3. f. Vicio o abuso introducido en las cosas no materiales. Corrupción de costumbres, de voces.
4. f. En las organizaciones, especialmente en las públicas, práctica consistente en la utilización de las funciones y medios de aquellas en provecho, económico o de otra índole, de sus gestores.
El Sistema Estatal Anticorrupción es una instancia de coordinación entre diversas autoridades; encargadas de la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción. Así como la fiscalización y control de recursos públicos, en el cual participa la ciudadanía, a través del Comité de Participación Ciudadana.
Conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Querétaro, este se integra por:
Los integrantes del Comité Coordinador; y
El Comité de Participación Ciudadana.
Tiene como finalidad coadyuvar, al cumplimiento de los objetivos del Comité Coordinador, así como ser la instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas relacionadas con las materias del Sistema Estatal.
El Comité de Participación Ciudadana estará integrado por cinco ciudadanos de probidad y prestigio que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción.
El Comité Coordinador es la instancia responsable de establecer mecanismos de coordinación entre los integrantes del Sistema Estatal y tendrá bajo su encargo el diseño, promoción y evaluación de políticas públicas estatales en materia de combate a la corrupción, todas ellas en estricto apego a lo que establezca el Sistema Nacional.
Ambos Programas de Trabajo Anuales se encuentran disponibles en versiones descargables para su consulta en las siguientes direcciones:
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Comité Coordinador
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Comité de Participación Ciudadana
Es un organismo descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica y de gestión. Tendrá su domicilio en el Estado de Querétaro y contará con la estructura operativa necesaria para la realización de sus atribuciones, objetivos y fines, de conformidad con la disponibilidad presupuestal existente.
La Secretaría Ejecutiva tiene por objeto fungir como órgano de apoyo técnico del Comité Coordinador, a efecto de proveerle la asistencia técnica, así como los insumos necesarios para el desempeño de sus atribuciones, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política del Estado de Querétaro, la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción y demás disposiciones legales aplicables.
La Secretaría Ejecutiva, se integrará por:
I. El órgano de gobierno;
II. La Comisión Ejecutiva, que será el órgano auxiliar de la Secretaría Ejecutiva;
III. El Secretario Técnico, quien estará a cargo de las funciones de dirección del organismo;
y
IV. El órgano interno de control.
Al ser testigo de un presunto acto de corrupción, se puede denunciar a través de diversas plataformas:
Acudiendo a la Fiscalía Especializada en el combate a la corrupción, con dirección Luis Vega y Monrroy #302, Fraccionamiento Plazas del Sol. Teléfono (442) 2131120 Ext. 101